¿En qué consiste el seguro?
Muerte accidental
Protege la muerte accidental del Asegurado
Se entiende por muerte accidental, aquella producida por la acción imprevista, fortuita y/o ocasional, de una fuerza externa que obra súbitamente sobre la persona Asegurada, independientemente de su voluntad y que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta.
La compañía pagará al beneficiario el capital asegurado según el plan contratado, una vez acreditado el fallecimiento del asegurado la muerte se debe producir como consecuencia directa de un accidente., tales como:
Accidente de tránsito
Accidente laboral
Accidente doméstico
Acto delictual en calidad de víctima
otros.
Invalidez Total y Permanente
La compañía pagará al asegurado el capital asegurado según plan contratado, cuando como resultado de lesiones producto de un accidente, el asegurado se encontrare dentro de los 365 días contados desde la fecha del accidente en estado de incapacidad y permanente.
Para efectos de esta cobertura se entiende por incapacidad total y permanente, la pérdida irreversible y definitiva a consecuencia de un accidente, de a lo menos 2/3 de la capacidad de trabajo. Evaluada conforme a las normas para la evaluación y calificación del grado de invalidez de los trabajadores afiliados al nuevo sistema de pensiones.
Asistencia Dental
Urgencias: Tratamiento inicial y medicación en los casos de:
Urgencias Endodónticas (Eliminación de caries, Recubrimiento pulpar directo, Intrusión, Extrusión, Avulsión, Fractura Dentaria, Abscesos,
Pulpitis reversibles e irreversibles).
Urgencias Periodontales (Curetaje radicular localizado, Eliminación de contacto Prematuro, Medicación en caso de Dolor Muscular y Abscesos)
Urgencias Protésicas: Cementado provisional de coronas y puentes fijos, Reparación de fracturas en la porción acrílica de dentaduras parciales o
totales realizadas en el consultorio, Medicación en el caso de Estomatitis Sub-protésica.
Cuando la urgencia sea producto de un traumatismo o accidente se tendrá como finalidad solucionar la situación de urgencia con los tratamientos antes
descritos, excluyendo los tratamientos posteriores requeridos a causa del accidente o traumatismo.
BENEFICIO ADICIONAL: Descuentos de hasta el 60% de la UCO en todos los tratamientos no cubiertos.
¿Quiénes pueden contratar este seguro?
Personas que tengan la calidad de clientes El Rastro.
La edad mínima de ingreso es de 18 años.
Edad máxima de ingreso es de 74 años con 364 días
Edad máxima de permanencia es de 84 años con 364 días.
¿Quiénes serán los beneficiarios en caso de muerte accidental?
La Compañía, pagará a los beneficiarios designados por el Asegurado o en su defecto, a los herederos legales, según corresponda
¿Quiénes serán los beneficiarios en caso de invalidez total y permanente?
El Asegurado
Valor del seguro
A continuación te mostramos los valores.
Exclusiones
Las exclusiones en seguros son todas aquellas condiciones o circunstancias que no están incluidas en el contrato de seguro y que, por tanto, hacen que no surtan efecto las coberturas del seguro.
A) EFECTOS DE GUERRA, DECLARADA O NO DECLARADA, INVASIÓN, ACCIÓN DE UN ENEMIGO EXTRANJERO, HOSTILIDADES U OPERACIONES BÉLICAS, YA SEA CON O SIN
DECLARACIÓN DE GUERRA
B) PARTICIPACIÓN POR EL ASEGURADO O BENEFICIARIO EN CUALQUIER ACTO CALIFICADO COMO DELITO, EN CALIDAD DE AUTOR, CÓMPLICE O ENCUBRIDOR
En relación con el Programa Dental:
Se excluyen las cirugías de alta complejidad, cirugías para implantes que se realicen fuera de la red Sigma Dental, costos de laboratorio, hospitalización y medicación.
Siniestros
En el caso de producirse un siniestro el reclamante deberá comunicarlo al Asegurador tan pronto sea posible, para estos efectos tendrá un plazo de 90 días a partir de la fecha de ocurrido el siniestro para la presentación a la Compañía de los antecedentes solicitados.
El interesado deberá denunciar el siniestro en: https://www.chubb.com/cl-es/siniestros/reporta-un-siniestro.html o comunicarse a la compañía a través del correo electrónico: [email protected], ahí le indicarán las instrucciones para el proceso de liquidación.
Documentos a presentar en caso de un siniestro por muerte accidental:
Formulario de denuncio de siniestro.
Fotocopia de cedula de identidad del asegurado por ambos lados.
Fotocopia de cedula de identidad de beneficiarios por ambos lados.
Certificado de defunción original con indicación de causal de fallecimiento.
Parte policial completo.
Informe de alcoholemia, según corresponda.
Informe de autopsia, según corresponda.
Nota: La compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier documento que estime necesario para la correcta evaluación del siniestro.