EXTRACTO TERCER JUZGADO DE FAMILIA - Rastro.com

EXTRACTO TERCER JUZGADO DE FAMILIA

Enviado por HUMBERTO RIVEROS 03 de Oct 2023 , 12:01hrs.
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Región Metropolitana, Santiago


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En Santiago, veintiuno de Septiembre de dos mil veintitrés, en Tercer Juzgado de Familia de Santiago, de General Mackenna NO 14772 50 piso, se ordeno en causa C-4752-2023, notificar a doña ELIS ANGÉLICA HENRÍQUEZ MUÑOZ, Rut NO 18.062.441-4, con domicilio indeterminado la demanda de Cese y Rebaja de pensión de alimentos interpuesta en su contra, con fecha 19 de Mayo de 2023 por don JUAN CARLOS HENRIQUEZ AVILES, Rut 7.940.674-0, pensionado, con domicilio en Pasaje Isla Biscoe N° 8749 comuna de Pudahuel, en contra de su hija antes mencionada, mayor de edad, a fin que se decrete el Cese de la pensión actual fijada en causa ROL C-56-2012 del Juzgado de Familia de Pudahuel, dado que a su parecer la causa legal prevista en el ART. 321 NO 2 en relación al artículo 332 inciso 20 del Código Civil, contemplada en dicha sentencia, ha cesado, toda vez que la alimentaria de autos tiene actualmente 31 años de edad, no se encuentran estudiando, se presume trabaja sin que le afecte alguna incapacidad fisica o mental que le impida subsistir por sí mismas, o que, por circunstancias calificadas, el juez considere los alimentos indispensables para subsistir. Resolución de fecha 23 de Mayo de 2023, que admite a tramitacion la demanda Traslado. Se ordena a la demandada acompañar los documentos a fin de acreditar en forma preliminar capacidad económica. Lo anterior bajo apercibimiento del artículo 50 de la ley 14.908. Asimismo, contéstese la demanda dentro del plazo legal conferido por el artículo 58 de Ley NO 19.968. En el evento que la demandada no cuente con los recursos económicos que le permitan asesoría jurídica deberá concurrir a la Corporación de Asistencia Legal de su comuna, y/o Clínicas Jurídicas de la Universidades acreditadas. Sirva la resolución de oficio remisor. Se hace presente que en evento que deseen reconvenir por materias sometidas legalmente a proceso previo de Mediación, deberá acompañar los respectivos certificados al tenor del artículo 57 y 106 de la Ley no 19.968.- Resolución de 15 de Septiembre de 2023, que cita a audiencia para el día 16 de noviembre de 2023 a las 11:00 horas. La audiencia se celebrará con las partes que asistan, afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella sin necesidad de ulterior notificación. Se cita a la audiencia en forma presencial a través del siguiente el link:zoom6 3jfsantiago le está invitando a una reunión de Zoom programada. Tema: C47522023 Hora: 16 nov 2023 11:00 a. m. Santiago Unirse a la reunión Zoom https://zoom.us/j/94556120187?pwd=U3pacGVxS11xRGxzOVc1N2srL2FXUT09 ID de reunión: 945 5612 0187 Código de acceso: 080623. Notifiquese en conformidad al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil de la demanda, su proveído y de la presente resolución, mediante 3 avisos, en días distintos en 2 diarios de circulación nacional a elección del solicitante, esto es, 6 publicaciones en total, más el correspondiente en el Diario Oficial, todo a costa de la solicitante. La audiencia se celebrará con las partes que asistan sin ulterior notificación. Victoria Amada Padrón Miranda, Ministro de Fe.

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